martes, 5 de noviembre de 2019

SUELDOS RURALES OCTUBRE 2019 ANR DTO 665/2019

Los trabajadores rurales también percibirán el bono extraordinario de $5.000 de caracter no remunerativo. El 03 de octubre por Resolucion 216-2019  instituida por ley 26.727

La suma se abona en tres pagos:

$1667...........en el mes de octubre 2019, noviembre 2019 y diciembre 2019

SUELDOS COMERCIO OCTUBRE 2019

Vigencia: Mayo - Junio - Julio - Agosto - Setiembre - Octubre 2019
FUENTE FAECyS NACIONAL

Puntos a tener en cuenta para la liquidación:
Asignación extraordinaria No Remunerativa en los meses de Mayo, Junio, Julio, Agosto 2019 y Marzo 2020 bajo la denominación "Asignación Extraordinaria No Remunerativa - Acuerdo 2019"
- Aumento salarial para los meses de Setiembre, Noviembre de 2019, Enero y Marzo de 2020 conforme a escalas publicadas en el  Anexo B La asignación extraordinaria  y el incremento salarial serán proporcionales a la jornada laboral cumplida- Aporte extraordinario y excepcional de $ 100.-, a OSECAC en el plazo comprendido entre  Mayo 2019 y  Marzo 2020- La asignación extraordinaria, deberá ser tenida en cuenta para el pago de los siguientes rubros: - Presentismo - Adicionales fijos - enfermedades inculpables  - Vacaciones -  Horas extras - Feriados nacionales - Indemnización - Accidentes y/o enfermedades laborales
SAC Primer Semestre proporcional a lo devengado por los meses de Mayo y Junio
- SAC Segundo semestre proporcional a lo devengado por los meses de Julio y Agosto -
- SAC Segundo semestre proporcional a lo devengado por los meses de Julio y Agosto --  Se devengarán aportes y contribuciones a la Obra Social de Empleados de Comercio y a los artículos 100 y 101 del CCT Nº 130/75 sobre asignación extraordinaria.- A partir de Enero 2019 se reduce la alícuota del aporte patronal a la Estrella del 3,5% al 2,5%- Vigencia hasta el 31/03/20

sábado, 2 de noviembre de 2019

DJNR DEL DTO 3279 DE AFIP INFORMAR 5000 NR DTO 665/2019- VIGENCIA 10-2019 A 12-2019

$ 5.000 (vigente OCTUBRE A DICIEMBRE 2019)


TIPO DE NORMA: Ley decreto
TIPO LEY                DTO 665/19


La primera opción, sería informarla en la opción de «Convenio colectivo», de la manera que se indica a continuación:

– Tipo de Norma: Convenio Colectivo de Trabajo
– Tipo de Convenio: Otros
EN CONVENIO– Otros Tipos de Convenio: 0130/75: CONFEDERACION GENERALEMPLEADOS DE COMERCIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA c/ COMISION COORDINADORA PATRONAL DE ACTIVIDADES MERCANTILES Y OTRAS.
FUERA DE CONVENIO - Otros Tipos de Convenio: 9999/99 OTROS TIPOS DE CONVENIO
-Jurisdicción: Nacional
– Norma Homologante: Decreto
– Organismo que emitió la norma: Secretaria de Trabajo
– Nro. de Norma: 665
– Año de emisión de la norma: 2019
En este caso estamos informando la primera cuota de $1000 que se paga con los haberes de septiembre 2018 para el caso de Empleados de Comercio.
De todos modos, se adapta a cualquier otro gremio, solo se cambia el CCT y en todo caso el importe. En el caso de comercio es 1000 porque se puede pagar en hasta 5 cuotas.
De todos modos, se adapta a cualquier otro gremio, solo se cambia el CCT y en todo caso el importe. 
El que presentan El Libro de sueldos Digital de AFIP, no presentan la DJNR.


Descripción en el recibo: ......................> ANR. DTO 665/2019

viernes, 1 de noviembre de 2019

DECRETO 561/2019 y RES. 4558/2019- VIGENTE AGOSTO Y SEPTIEMBRE 2019

El decreto 561/2019 y la resolucion 4558/2019 establece que los trabajadores en relación de dependencia con remuneraciones brutas menores a $ 60.000 acceden al beneficio de un descuento de hasta $ 2.000 en los aportes al SIPA por los meses de agosto y septiembre 2019.

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