viernes, 1 de agosto de 2025

Consorcios: ARCA flexibiliza el trámite de CUIT y Clave Fiscal

Consorcios: ARCA flexibiliza el trámite de CUIT y Clave Fiscal: Consorcios: ARCA flexibiliza el trámite de CUIT y Clave Fiscal 11 junio, 2025 Por Ignacio Deja un comentario La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) simplificó los requisitos para tramitar la CUIT y la Clave Fiscal en representación de personas jurídicas. Lo hizo a través de la Resolución General 5709/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial. ¿Qué cambia esta resolución? Hasta ahora, quienes representaban a determinadas entidades (como asociaciones civiles o consorcios) debían presentar documentación certificada por escribano público o autoridad competente para acreditar su representación legal. Con esta nueva norma, se permite que el trámite se realice con solo presentar el original en papel y una copia, que será certificada en la misma dependencia de ARCA por un funcionario autorizado. ¿A quiénes beneficia? Este cambio aplica a una amplia lista de entidades sin fines de lucro y sociales, que ahora pueden tramitar su inscripción o la habilitación de representantes sin gastos ni gestiones extra: Asociaciones civiles (centros de jubilados, bibliotecas populares, clubes barriales, sociedades de fomento). Comunidades indígenas. Iglesias y entidades religiosas. Cooperadoras escolares y de salud pública. Institutos de vida consagrada. Consorcios de propiedad horizontal. Entidades de asistencia social, caridad, beneficencia, científicas o artísticas. También alcanza a representantes de personas humanas, sucesiones indivisas, y apoderados previsionales. ¿Dónde aplica este cambio? Este beneficio rige tanto para: La solicitud de CUIT y modificación de datos (Resolución General 4.991). La habilitación de usuarios con Clave Fiscal (Resolución General 5.048 y modificatorias). ¿Desde cuándo? La norma entra en vigencia desde el 11 de junio de 2025, día de su publicación oficial.
Consorcios: ARCA flexibiliza el trámite de CUIT y Clave Fiscal

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) simplificó los requisitos para tramitar la CUIT y la Clave Fiscal en representación de personas jurídicas.

Lo hizo a través de la Resolución General 5709/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial.

¿Qué cambia esta resolución?

Hasta ahora, quienes representaban a determinadas entidades (como asociaciones civiles o consorcios) debían presentar documentación certificada por escribano público o autoridad competente para acreditar su representación legal.

Con esta nueva norma, se permite que el trámite se realice con solo presentar el original en papel y una copia, que será certificada en la misma dependencia de ARCA por un funcionario autorizado.

¿A quiénes beneficia?

Este cambio aplica a una amplia lista de entidades sin fines de lucro y sociales, que ahora pueden tramitar su inscripción o la habilitación de representantes sin gastos ni gestiones extra:

  • Asociaciones civiles (centros de jubilados, bibliotecas populares, clubes barriales, sociedades de fomento).
  • Comunidades indígenas.
  • Iglesias y entidades religiosas.
  • Cooperadoras escolares y de salud pública.
  • Institutos de vida consagrada.
  • Consorcios de propiedad horizontal.
  • Entidades de asistencia social, caridad, beneficencia, científicas o artísticas.

También alcanza a representantes de personas humanassucesiones indivisas, y apoderados previsionales.

¿Dónde aplica este cambio?

Este beneficio rige tanto para:

  • La solicitud de CUIT y modificación de datos (Resolución General 4.991).
  • La habilitación de usuarios con Clave Fiscal (Resolución General 5.048 y modificatorias).

¿Desde cuándo?

La norma entra en vigencia desde el 11 de junio de 2025, día de su publicación oficial.

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