IMPUESTO DE SELLOS EN CHUBUT
LEY 5.450 - DTO NRO. 05/06 publicada el Lunes 09 de Enero de 2006. Boletín Año XLVIII= 9908.
PLAZO PARA EL PAGO
En el capitulo V art. 175: fijan 10 días hábiles para pagar el impuesto de sellos. Y ahí dice que se adoptaran las formas de pago deL articulo 39.
INTERES RESARCITORIO:
Art. 28 de la Ley 5.450 y art. 38 del Código fiscal fija un interés resarcitorio. La tasa actual es de 1.40% (01-10-2009)
MULTA DE SELLOS:
Art. 33.3 de la LEY 5450:
-10 DIAS DE RETRASO: 10%
-11 A 60 DIAS DE RETRASO 20%
-61 A 90 O MAS DIAS DE RETRASO 30%
jueves, 1 de octubre de 2009
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