jueves, 23 de noviembre de 2023
lunes, 20 de noviembre de 2023
Monto fijo ART FFEP: $374 en Noviembre 2023 Disposición 11/23 SRT
Disposición SRT 10/2023 a partir del 01/11/2023, período AFIP a declarar 10/2023
martes, 14 de noviembre de 2023
OPERACIONES CON MONEDA EXTRANJERA
OPERACIONES EN MONEDA EXTRANJERA
1- Ingreso de moneda extranjera:
El ingreso de moneda extranjera se valuará según el caso de
la siguiente manera:
·
Cobro. Al tipo de cambio tipo comprador del Banco Nación Argentina a la fecha
de facturación. (En la descripción de la factura debe contener la cantidad de
moneda extranjera recibida, el tipo y la cotización de referencia).
· Donación o Subsidio. Al
tipo de cambio comprador del Banco Nación Argentina a la fecha de ingreso a la
cuenta bancaria.
·
Adquisición. Al tipo de cambio vendedor a la fecha de ingreso según comprobante
de operación.
2- Egreso de moneda extranjera:
El egreso de moneda extranjera se valuará según el caso de
la siguiente manera:
·
Venta. Al tipo de cambio comprador a la fecha de venta según comprobante de
operación. De existir diferencia de cotización positiva la misma deberá
ingresar a la contabilidad mediante un código de facturación asociado al mismo
rubro utilizado para registrar el ingreso de diferencia de cambio por tenencia.
De existir diferencia de cotización negativa ver procedimiento de “registro de
diferencia de cambio por tenencia” para su registro.
3- Tenencia de moneda extranjera a la fecha de cierre:
·
Tenencia al cierre.
Al cierre del 31 de diciembre de cada año la tenencia de
moneda extranjera - en cualquier modalidad - deberá ser valuada al tipo de
cambio correspondiente según lo establecido en el acápite “VALUACIÓN MONEDA
EXTRANJERA”. De existir diferencia de cotización ver procedimiento de “registro
de diferencia de cambio por tenencia” para su registro.
4- Colocaciones
financieras en moneda extranjera:
Las colocaciones de moneda extranjera se valuará según el
caso de la siguiente manera:
·
Títulos y valores. o Adquisición: se registra por su valor de costo se aplicará
el criterio de conversión de la moneda de origen a la de curso legal según lo
establecido en el acápite “VALUACIÓN MONEDA EXTRANJERA”. o Tenencia: en
oportunidad de cierre del ejercicio se valuarán por el valor neto de
realización o cotización, según corresponda y se aplicará el criterio de
conversión de la moneda de origen a la de curso legal, según lo establecido en
el acápite “VALUACIÓN MONEDA EXTRANJERA”. De existir diferencia de cotización
ver procedimiento de “registro de diferencia de cambio por tenencia” para su
registro. o Renta: se valuarán al tipo de cambio comprador según lo establecido
en el acápite “VALUACIÓN MONEDA EXTRANJERA” a la fecha de vencimiento. Lo
mismos deberán ingresar por SANAVIRON. o Venta: se registra por su valor neto
de realización y se aplicará el criterio de conversión según corresponda al
destino de los fondos.
· Plazos Fijos. o
Colocación: por su valor de imposición y se aplicará el criterio de conversión
de la moneda de origen a la de curso legal según lo establecido en el acápite
“VALUACIÓN MONEDA EXTRANJERA”. o Tenencia: los plazos fijos no vencidos al
cierre del ejercicio se valuarán por su valor nominal, se utilizará para su
conversión en moneda de curso legal el criterio estipulado en el acápite
“VALUACIÓN MONEDA EXTRANJERA”. De existir diferencia de cotización ver
procedimiento de “registro de diferencia de cambio por tenencia” para su
registro. o Capital al vencimiento. Se valuará al tipo de cambio comprador
según lo establecido en el acápite “VALUACIÓN MONEDA EXTRANJERA” a la fecha de
vencimiento. De existir diferencia de cotización ver procedimiento de “registro
de diferencia de cambio por tenencia” para su registro. o Intereses devengados:
se valuarán al tipo de cambio comprador según lo establecido en el acápite
“VALUACIÓN MONEDA EXTRANJERA” a la fecha de vencimiento
·
Cajas de ahorro. o Capital y gastos bancarios: Se valuará al tipo de cambio
comprador vigente al momento de cada transacción o al cierre según lo
establecido en el acápite “VALUACIÓN MONEDA EXTRANJERA”. De existir diferencia
de cotización ver procedimiento de “registro de diferencia de cambio por
tenencia” para su registro. o Intereses devengados: se valuarán al tipo de
cambio comprador según lo establecido en el acápite “VALUACIÓN MONEDA
EXTRANJERA” a la fecha de percepción.
5- Operaciones internas con la SGI:
·
Transferencia de Moneda Extranjera para pago de bienes en el extranjero. La
dependencia deberá valuar su moneda extranjera al momento de su transferencia a
la SGI, según los procedimientos enunciados previamente. Asimismo, deberá
realizar la transferencia de crédito (Liquidación ON Pilagá) y enviar nota GDE
dirigida a Tesorería General de la SGI informando los motivos de la operación,
acompañando comprobante del tipo de cambio (foto de la cotización de la página
del Banco) y constancia de transferencia o depósito de la moneda extranjera en
la cuenta de la SGI. Si no se envía la constancia de cotización de la moneda
extranjera al momento de la operación, el tipo de cambio será resuelto por la
SGI.
·
Cambio de moneda. Se girará la moneda extranjera a la SGI. La misma se valuará
al tipo de cambio comprador del Banco Nación Argentina al momento de la
transferencia de la moneda extranjera. Asimismo, deberá registrar las
diferencias de cambio si las hubiere, realizar la transferencia de crédito
(Liquidación ON Pilagá) y solicitar por nota GDE dirigida a Tesorería General
de la SGI el pedido de giro de los fondos resultantes en pesos, acompañando
comprobante del tipo de cambio (foto de la cotización de la página del Banco) y
constancia de transferencia o depósito de la moneda extranjera en la cuenta de
la SGI. Si no se envía la constancia de cotización de la moneda extranjera al
momento de la operación, el tipo de cambio será resuelto por la SGI.ç
·
Ingresos de moneda extranjera por subsidios o donaciones (se mantiene en moneda
extranjera). La dependencia deberá enviar nota con el pedido de cierre de
cambio, solicitando la transferencia en pesos o dólares resultantes de la
operación. La cotización de la moneda extranjera es el tipo de cambio comprador
del Banco Nación Argentina al momento del cierre de cambio. Las comisiones
serán a cuenta de la dependencia titular de los fondos.
lunes, 13 de noviembre de 2023
viernes, 10 de noviembre de 2023
VENCIMIENTOS NOVIEMBRE 2023
Vencimientos de noviembre |
|
Fechas y medios de pago para cumplir con tus
obligaciones |
|
PUBLICADO: 01/11/2023 |
|
El cumplimiento voluntario contribuye a la
disminución de costos, evitando el pago de intereses y multas. Con el fin de
facilitarlo, se resumen más abajo los principales vencimientos de este mes
para autónomos, monotributistas, casas particulares, empleadores, IVA y libro
de IVA digital. |
|
Formas de pago |
|
En la sección “¿Cómo puedo pagar?” del micrositio Formas de pago se detallan las modalidades de pago
electrónico vigente para cada obligación. También se puede abonar mediante
la Billetera
electrónica, la modalidad que
permite cargar fondos por homebanking, desde este mismo sitio web, o por
transferencia bancaria internacional, indicando únicamente una CUIT y el
monto a transferir. |
|
|
|
Empleadores |
Jueves 9 |
Presentación y pago de declaración jurada |
|
Terminación de CUIT |
Fecha de Vencimiento |
0-1-2-3 |
09/11/2023 |
04/05/2006 |
10/11/2023 |
07/08/2009 |
13/11/2023 |
Casas Particulares |
Viernes 10 |
Empleadores
de casas particulares- Pago obligatorio (F. 102/RT) |
|
|
Fecha de Vencimiento |
Todos |
10/11/2023 |
Casas Particulares |
Miércoles 15 |
|
Fecha de Vencimiento |
Todos |
15/11/2023 |
IVA y Libro de IVA Digital |
Martes 21 |
Presentación y pago de declaración jurada |
|
Terminación de CUIT |
Fecha de Vencimiento |
0-1 |
21/11/2023 |
02-mar |
22/11/2023 |
04-may |
23/11/2023 |
06-jul |
24/11/2023 |
08-sep |
27/11/2023 |
Monotributo |
Martes 21 |
Pago mensual |
|
|
Fecha de Vencimiento |
Todos |
21/11/2023 |
martes, 7 de noviembre de 2023
Empleados de Comercio: liquidación octubre 2023 con aumento
Cómo tramitar el Crédito ANSeS de hasta $1.000.000 de manera online
lunes, 6 de noviembre de 2023
¿Se puede adelantar la fecha de pago del aguinaldo?
Créditos ANSES: las condiciones y el Modelo de Solicitud
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